Por presunto desvío de 19 mdp, suspende OPLE Oaxaca a presidenta Elizabeth Sánchez

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Redacción

Por el presunto desvío de recursos públicos por un monto de aproximadamente 19 millones de pesos, la Consejera Presidenta del Organismo Público Local Electoral (OPLE) o Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), Elizabeth Sánchez, fue separada del cargo.

De acuerdo a datos que se desprenden de la auditoría realizada por la Contraloría General del IEEPCO, en el proceso electoral 2022 se realizaron 56 observaciones que corresponden a un monto de 50 millones 776 mil 644.23 pesos. 19 observaciones fueron solventadas, 22 fueron parcialmente satisfechas y 15 no fueron determinadas, mismas que ascienden a la cantidad de 19 millones 975 mil 117.32 pesos.

Entre otras cosas, se estableció que la Consejera Presidenta no realizó sus licitaciones con apego a la normativa estatal vigente en materia de adquisiciones, pues a pesar de las múltiples observaciones que le realizó el Órgano Interno de Control, utiliza como cuerpo normativo un reglamento en materia de adquisiciones en el que se establecen montos mínimos y máximos a modo.

En el Reglamento Interior no se hace mención que los montos mínimos y máximos para la contratación de adquisiciones, arrendamientos y servicios deberán ser considerados de acuerdo con lo que establezca el Presupuesto de Egresos del Estado, tal y como se dispone en el artículo 28 de la Ley de Adquisiciones Estatal de Oaxaca.

Por tanto, tomando como referencia la fracción I del artículo 22 del Reglamento de Adquisiciones del Órgano Electoral de Oaxaca que preside Elizabeth Sánchez González, se establece claramente que las adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios, cuyo valor no exceda del equivalente a 977 veces el Salario Mínimo General Vigente en Oaxaca se deberán realizar por compra directa.

A la luz de las disposiciones contenidas en el Presupuesto de Egresos vigente en Oaxaca, resultan insostenibles las disposiciones contenidas en el Reglamento Interior del Órgano Electoral, el cual, además, nunca fue publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, porque ilícitamente permiten rangos y márgenes de contratación a conveniencia de la Consejera Presidenta, que también preside el Comité de Adquisiciones.

Todo esto se consideró como riesgo inminente de que la citada servidora pública, siguiera desviando recursos públicos contraviniendo lo que dispone la Ley General de Responsabilidades Administrativas, motivo por el cual se decretaron medidas cautelares en su contra, siendo específicamente la de suspensión del empleo, cargo o comisión.

Actos reiterados como estos, son lo que le dan razones a las demandas de la ciudadanía sobre la necesidad de la desaparición de los Organismos Públicos Locales Electorales, pues siguen siendo muestra tangible de la mala utilización de la autonomía técnica y de gestión que les otorga la Constitución.