Dueños de inmuebles deshabitados sin mantenimiento podrán ser sancionados

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Las y los integrantes de la LXIII Legislatura del Congreso del Estado realizaron la reforma a Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, con el fin de estipular la obligación de las y los propietarios de inmuebles deshabitados de mantenerlos en buenas condiciones.

Fue la Comisión Permanente de Fortalecimiento y Asuntos Municipales la que dictaminó la adición a las fracciones VII y VIII al artículo 28 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, misma que fue aprobado por mayoría en el Pleno por las y los diputados del Congreso de Oaxaca.

Por tanto, las y los ciudadanos que tengan un bien deshabitado, deberán de conservarlo en buenas condiciones conforme a las ordenanzas municipales jurisdiccionales: en cado de que no lo cumplan, se harán acreedores a una sanción administrativa conforme a la Ley de Ingresos Municipal.

De acuerdo al dictamen, esta reforma es importante debido al número considerable de inmuebles que se reportan deshabitados y en mal estado, generando además de una mala imagen, un peligro constante en materia de protección civil y seguridad pública, para los ciudadanos que transitan en su cercanía.